En resumen
- Errores de referencia, como fojas, número, año, rol o deslindes mal citados, suelen corregirse con una minuta o escritura de rectificación firmada por quien tiene facultad para rectificar.
- Errores de fondo, como la identidad de las partes, quién comparece o los poderes, normalmente exigen una escritura rectificatoria o complementaria con las partes.
- Si quien firmó no tenía poder suficiente, la solución puede ser una ratificación.
Dos tipos de error
Errores de referencia o individualización
Son datos que identifican el inmueble o sus antecedentes, pero no cambian lo que las partes acordaron. Por ejemplo, la inscripción anterior citada con fojas, número o año equivocados, un rol mal escrito o deslindes que no coinciden con el título anterior.
Errores de fondo
Afectan elementos del acto: quiénes son las partes y cómo se identifican, quién compareció y con qué facultades, o el objeto del contrato más allá de una simple referencia.
La cláusula que faculta para rectificar
Muchas escrituras incluyen una cláusula que faculta a una persona, a menudo el abogado redactor o el portador de una copia, para firmar las rectificaciones, aclaraciones o complementos necesarios para inscribir. Con esa facultad, ciertos errores pueden corregirse sin que todas las partes vuelvan a firmar.
Por eso, lo primero es revisar si tu escritura tiene esa cláusula y qué alcance le da.
Cuándo sirve cada vía
| Situación | Vía habitual | Quién firma |
|---|---|---|
| Fojas, número o año de la inscripción anterior mal citados | Minuta o escritura de rectificación | El facultado por la cláusula |
| Rol o deslindes que no coinciden | Minuta o escritura de rectificación | El facultado por la cláusula |
| Error en el nombre o RUT de una parte | Escritura rectificatoria | Normalmente, las partes |
| Falta un compareciente o una autorización | Escritura complementaria | Quien debía comparecer o autorizar |
| Quien firmó por otro no tenía facultades suficientes | Ratificación por escritura pública | El representado |
| No existe cláusula de rectificación | Escritura rectificatoria | Las partes |
La forma exacta que se acepta también depende del criterio de cada Conservador. Por eso conviene revisar el reparo, el título y la cláusula de rectificación antes de redactar la corrección.
Después de firmar
- La corrección se reingresa al Conservador junto con la carátula reparada.
- Hay que hacerlo dentro del plazo de 2 meses de la anotación.
- Revisa el estado de la carátula hasta que figure inscrita.
Información general. La vía correcta depende del error concreto, de las cláusulas de la escritura y de lo que exija el Conservador respectivo.
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